INCUMPLIMIENTOS DE CONTRATO

En la actualidad, y cada vez con mayor frecuencia, empresas y particulares incumplen los contratos por ellos suscritos, bien de forma totalmente injustificada y arbitraria, o bien alegando anomalías e irregularidades en la prestación de los servicios que, en ningún caso justifican la rescisión unilateral de dichos contratos.

Ante esta situación la posición de nuestro ordenamiento jurídico es clara en el sentido de que, quien incumple un contrato, debe indemnizar a la otra parte por los perjuicios causados y, en concreto, por el beneficio dejado de obtener como consecuencia de la resolución anticipada de dicho contrato (artículo 1106 del Código Civil).

Pues bien, con objeto de que su empresa tenga cubierta estas contingencias, nuestro despacho le ofrece un servicio de reclamación judicial de indemnización por los incumplimientos de contratos, las reclamaciones de impagados y las responsabilidades por robos, por una cantidad mínima  inicial.

En consecuencia, en el supuesto de que sea de su interés el mencionado servicio y al objeto de que le elaboremos un presupuesto para su empresa que, en ningún caso supondrá compromiso alguno para usted, podrá contactar con nosotros llamando al número de teléfono 91-356 94 04.